SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa Nº256-2011-CE-PJ, de fecha 19 de octubre de 2011.
Artículo Segundo.- Restituir los efectos de la Resolución Administrativa Nº299-2009-CE-PJ, de fecha 09 de setiembre de 2009, por la cual se exhortó a los jueces del país a requerir a los señores abogados que ejercen el patrocinio ante el Poder Judicial, la presentación de la constancia de habilitación emitida por el Colegio de Abogados en el que están registrados.
(...)
Fuente: pj.gob.pe
Consulte la Habilitación de Abogados en el Perú
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